La ciudadanía amurriarra es laica y el Ayuntamiento está obligado a serlo
Dicen que el Estado español se dio una Constitución en 1978 a la que deben obediencia todos los españoles y los no españoles conquistados también, en la que, entre otras cosas o conceptos y derechos, se recogía que dicho Estado era y es o se declara no confesional.
En su artículo 16, consagra este principio de no confesionalidad o laicidad del Estado español, al expresar que “se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto” y que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”, aunque por la presión de algún arzobispo y de las mentes franquistas de ayer –que todavía hoy existen– se apostilla la coletilla de que “se mantendrán especiales relaciones con la Iglesia católica y demás religiones” pero, en definitiva, eleva a un grado superior a la primera. Algo parecido como decir “hecha la ley, hecha la trampa” pues, además, da preeminencia –citándola expresamente– e incentivando la opción religiosa de la Iglesia católica.